SECRETARÍA
DE ASUNTOS DOCENTES de ROQUE PÉREZ informa que desde el 01 hasta el 30 de
septiembre permanecerá abierta la inscripción para INSTRUCTORES aspirantes a
cubrir suplencias y provisionalidades en el Centro de Formación Profesional
(incluidos preceptores y pañoleros). La normativa para dicha inscripción es la
Disposición N° 7/2018 y sus anexos correspondientes, anexo II: Planilla de
Inscripción (uso obligatorio) y anexo I Pautas para la Inscripción (se detalla
a continuación)
Para
la entrega de inscripciones y entrega de nueva documentación para los que
tengan que adjuntar, comunicarse con el Director del CFP N° 401.
Pautas
para la inscripción de Instructores, Pañoleros y/o Preceptores aspirantes a desempeñarse en los
Centros de Formación Profesional, dependientes de la Dirección de Formación
Profesional.
1. INSCRIPCIÓN:
1.1. Se realizará en las Secretarías
de Asuntos Docentes (SAD) de cada distrito, hasta el 31 de agosto del corriente año, y en
los años sucesivos según las fechas que
se pauten por el calendario de actividades docentes.
1.2. Carecerán de validez y no serán
evaluadas las inscripciones que no se ajusten a lo solicitado en la presente
Disposición y sus anexos.
1.3. Los aspirantes cumplimentarán la
planilla de inscripción, cuyo modelo se adjunta como ANEXO II, debiendo
acompañar toda la documentación necesaria para acreditar la información allí
declarada.
1.4. Deberán completar una planilla única
de inscripción por distrito, que con las acreditaciones pertinentes, podrá
incluir el desempeño de los cargos de pañolero y preceptor más el dictado de
cursos y módulos de trayectos para los que se encuentren habilitados por la
normativa vigente. Se deberá consignar el mayor
nivel de certificación propuesto.
1.5. Requisitos obligatorios comunes para
instructores, pañoleros y preceptores:
1.5.1. Contar con el certificado que
acredite su formación como Instructor de la Formación Inicial o específica para
la Formación Profesional.
1.5.2. Poseer Titulo de nivel secundario.
1.5.3. Presentar copia del DNI.
1.6. Requisitos específicos para los
aspirantes a cargos de instructores:
1.6.1. Acreditar la especialidad
mediante antecedentes profesionales específicos de la actividad en que se inscribe: mínimo de 3 años, comprendidos
en los últimos 5 años, en conjunción con al menos una de las condiciones de los
ítems:
a) Titulo técnico o superior, afín a la
especialidad en la que se inscribe.
b) Certificación oficial de 600 horas cátedra o
más en la especialidad en que se inscribe.
c) Constancia de aprobación de su idoneidad
en la profesión en que se inscribe, mediante un
proceso de evaluación minucioso que incluya el manejo de los contenidos
de la especialidad, las habilidades de resolución de problemáticas del
desempeño profesional y la pericia en el desempeño profesional en ambientes de
trabajo.
d) Constancia de dictar la especialidad en la
que se inscribe durante 3 de los últimos 5 años en la formación profesional de
gestión oficial de la DGC y E.
e) Poseer la especialidad declarada
específicamente en el certificado de Instructor de Formación Profesional que
presenta. La denominación debe coincidir textualmente con la denominación
vigente de la misma.
1.6.2. Ajustarse a los requerimientos
específicos mínimos del perfil docente que se
desprenden del diseño curricular.
1.6.3. Cumplir con los requisitos
específicos del ejercicio de la profesión en
la que se inscribe; que se den
cumplimiento con todas las condiciones para un ejercicio habilitado y seguro de
la profesión.
1.6.4. Cumplir con los requisitos
estatutarios y demás normativa vigente para la cobertura de provisionalidades y
suplencias en términos generales y específicamente en lo referido a edad,
falta de toma de posesión del cargo,
abandono de cargo, renuncia, declinación de la designación, nacionalidad y
situación del docente jubilado en la modalidad.
Los
interesados podrán consultar y descargar la Disposición y anexos
correspondientes en el blog de SAD www.sadroqueperez@blogspot.com o en la
Secretaría de Asuntos Docentes.