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ADELANTO DE ACTOS PÚBLICOS

ADELANTO DE ACTOS PÚBLICOS DE:

La información publicada en este archivo puede sufrir modificaciones por errores y/u omisiones.
Es nuestro objetivo mejorar la información y la comunicación con los docentes y los establecimientos educativos.

viernes, 15 de octubre de 2021

COMUNICADO N° 82/21

 

Resolución 3226/21 descargar

Anexo I descargar

SECRETARÍA DE ASUNTOS DOCENTES DE ROQUE PÉREZ  da a conocer la Resolución N°3226/21 y el Anexo I IF-2021-26031458-GDEBA-DPGRHDGCYE, referida al nuevo Procedimiento de ACTOS PUBLICOS DIGITALES.

 

La Dirección Provincial de Gestión de Recursos Humanos, la Subsecretaría de Administración y Recursos Humanos y la Subsecretaría de Educación dictaron la presente medida y la misma fue tratada en Mesa de Cogestión y en su Artículo 1° establece “Modificar el “Procedimiento para la realización del Acto Público Digital para la designación de docentes en las Secretarías de Asuntos Docentes Distritales dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires aprobado por el Artículo de la Resolución 1380/2020, de acuerdo al Anexo I (IF-2021-26031458- GDEBA-DPGRHDGCYE), que pasa a formar parte de la presente resolución”

 

Ello para el cumplimiento de lo normado en los artículos 64 y 108 del Estatuto del Docente, aprobado por la Ley N° 10.579, y sus modificatorias y sus reglamentaciones, y el artículo 87 de la Ley N° 13.688, y mientras dure la emergencia sanitaria dispuesta en el Decreto N° 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, y sus modificatorios y complementarios.

 

ANEXO I

 

Procedimiento para la realización del Acto Público Digital para la designación de docentes en las Secretarías de Asuntos Docentes Distritales dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires

 

 

Se detalla a continuación la operatoria de las instancias comprendidas en el procedimiento denominado Acto Público Digital:

 

1.- SOLICITUD DE LA COBERTURA DE CARGOS, MÓDULOS Ù HORAS CÁTEDRA

 

En esta etapa el establecimiento educativo solicita la designación de docentes en cargos, módulos u horas cátedras descubiertas.

2.- CARGA DE LA OFERTA DE CARGOS, MÓDULOS Ú HORAS CÁTEDRA A CUBRIR POR ACTO PÚBLICO

 

Las Secretarías de Asuntos Docentes procederán a la carga de los IGEs informados por los establecimientos educativos en el sistema de Acto Público (AP), y automáticamente se realiza la PUBLICACIÓN de los cargos/horas/módulos en el portal ABC.


PUBLICACIÓN DE LA OFERTA DE CARGOS, MÓDULOS Ú HORAS CÁTEDRA

 

Las ofertas serán publicadas en el portal ABC (APD- Listado de ofertas), son ABIERTAS y pueden ser visualizadas por cualquier agente.

 

Los cargos, módulos u horas cátedra deben publicarse a medida que ingresan las solicitudes a la Secretaría de Asuntos Docentes sin dilaciones.

 

Las ofertas para coberturas de cargos de base, módulos ú horas cátedra estarán publicadas como mínimo durante doce (12) horas con cierres en días hábiles. Particularmente para suplencias de hasta quince (15) días de cargos de base, cargos de escuelas unitarias o jardines de infantes rurales de matrícula mínima, el tiempo de publicación se podrá reducir hasta un mínimo de dos (2) horas con cierres en días hábiles para agilizar el proceso de cobertura.

 

Para los casos en que se realizaren cargas masivas de cargos, módulos u horas cátedra, y cuando la cantidad de ofertas lo amerite, la Dirección de Gestión de Asuntos Docentes podrá determinar el tiempo de publicación.

 

POSTULACIÓN

 

Los aspirantes interesados en postularse a una oferta de cargo, módulos u horas cátedra, lo hacen ingresando con sus usuarios del portal ABC; y completando los datos y campos que le solicita cada oferta publicada. (el instructivo de postulación se encuentra en el portal ABC).

 

Los datos allí consignados tienen carácter de Declaración Jurada.

 

Los aspirantes que hayan realizado una postulación podrán observar los datos cargados para la misma    también reimprimir el comprobante y eliminar la postulación, hasta el momento del cierre de la oferta.

 

La sola postulación implica la aceptación de la designación en el cargo/función para el cual se postula, a excepción de aquellos casos que generaren incompatibilidad con otras postulaciones activas del mismo o de otros distritos.

 

En caso de ser designado y no aceptar/desistir/renunciar se deberá aplicar la normativa vigente respecto a renuncias, abandono de cargo y/o no toma de posesión, salvo casos debidamente fundamentados y de fuerza mayor. Si un docente quedara merituado en primer orden en más de una oferta excluyente entre sí, se designará según el orden de prioridades seleccionado al momento de su postulación.

FINALIZACIÓN DEL ACTO PÚBLICO Y DESIGNACIÓN DE LOS POSTULANTES

 

La postulación implica la aceptación de la designación del cargo para el cual el docente que obtenga el mejor orden de mérito se ha postulado. En caso que un postulante se hubiere inscripto para varios cargos - cuyo desempeño sea excluyente entre sí, que le generasen incompatibilidad- y que en varias postulaciones se encuentre PRIMERO EN ORDEN DE MÉRITO, debe realizarse la designación acorde al orden de prioridades que el docente estableció en la postulación.

 

A todos los docentes designados, que hayan o no participado de las instancias de difusión de las designaciones, se les enviará inmediatamente la notificación al correo electrónico declarado en oportunidad de la postulación, constituyendo ésta una notificación fehaciente. El designado enviará acuse de recibo.

 

El docente deberá informar dentro de las seis (6) horas de enviado el correo electrónico, el desistimiento de la designación sin efectos, siempre y cuando recibiera notificaciones de actos públicos simultáneos de ofertas asignadas que generaren incompatibilidad, caso contrario, se lo confirma como designado en todas las ofertas notificadas.

 

En los casos en que el desistimiento/rechazo se realice antes de la toma de posesión se deberá retomar con el siguiente docente en orden de mérito de la oferta en cuestión en condiciones de acceder, al momento de la nueva designación. En los casos de renuncia posterior a la toma de posesión efectiva se deberá publicar nuevamente la oferta siempre y cuando persista la necesidad de su cobertura.

 

NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE RESULTADOS

 

Finalizado el Acto Público, la SAD deberá cargar en la aplicación Acto Público al postulante que ha resultado designado. En la información de dicha publicación, constarán los datos del docente designado en cada oferta, Nombre y Apellido, CUIL y fecha de designación.

 

Con la publicación de los resultados en la aplicación de Acto Público Digital se darán por notificados todos los agentes que se han postulado a la oferta.

 

TOMA DE POSESIÓN

El acta de toma de posesión se deberá efectivizar cuando el docente deba ejercer sus funciones. Es responsabilidad del/la docente realizar la toma de posesión en el día y horario correspondiente, de acuerdo a su designación. Se recomienda que inmediatamente designado el docente se comunique con el establecimiento educativo.

 

En los casos excepcionales en los cuales los docentes NO realicen la toma de posesión, las autoridades de los establecimientos educativos, deberán informar dicha situación a la SAD a fin de la aplicación de la normativa vigente referidas a RENUNCIAS, NO TOMA DE POSESIÓN Y/O ABANDONO DE CARGO A LA DESIGNACIÓN.

EJERCICIO DEL DERECHO DE IMPUGNAR ACTO PÚBLICO

 

Las impugnaciones al acto público podrán realizarse durante o con posterioridad al desarrollo del acto. Para ello la impugnación deberá remitirse a la Secretaría de Asuntos Docentes a la casilla de correo electrónico ABC, identificado como “apdsad090@abc.gob.ar”

COMUNICACIONES EN EL ACTO PÚBLICO

 

Toda comunicación a la SAD que deba realizar un aspirante deberá ser remitida al correo electrónico ABC específico para tramitar los actos públicos no presenciales identificado como “apdsad090@abc.gob.ar”