COMUNICADO N° 17/20
DE SECRETARÍA DE ASUNTOS
DOCENTES
SECRETARIA DE ASUNTOS DOCENTES DE ROQUE PÉREZ da a conocer la Comunicación Conjunta N° 04/2020 proveniente de la
Dirección de Gestión de Asuntos Docentes y de la Dirección de Tribunales de
Clasificación sobre Ingreso a la Docencia 2020/2021
COMUNICACIÓN CONJUNTA N°
04/2020
AMPLIATORIA DE PAUTAS Y
CRONOGRAMA DE ACCIONES
INGRESO A LA DOCENCIA 2020
– LISTADO OFICIAL 2021
JEFATURA DE INSPECCIÓN DISTRITAL
INSPECTORES DE ENSEÑANZA
EQUIPOS DIRECTIVOS
DOCENTES
En el mes de
marzo la Dirección de Tribunales de Clasificación y la Dirección de Gestión de
Asuntos
Docentes,
emitieron la Comunicación Conjunta Nº 01/2020 Pautas y Cronograma de Acciones
Ingreso a la Docencia 2020 - Listado Oficial 2021, antes de que se hubiese
declarado la Emergencia Sanitaria por 180 días y restringido el desarrollo de
actividades presenciales.
La actividad
institucional, sin embargo, continúa desarrollándose mediante diversas
herramientas aplicadas a la continuidad pedagógica, esta vez de manera virtual.
Dada la actual
situación excepcional, resulta necesario instrumentar algunas nuevas pautas
referidas al Ingreso a la Docencia, con el fin de dar respuesta y favorecer la
inscripción de aquellos/as aspirantes que lo hacen por primera vez y al mismo
tiempo para todas/os las/os docentes que requieren rectificar sus datos de
ingreso. Es por ello, que hemos diseñado en conjunto, el Ingreso por
Autogestión y las pautas que servirán de guía para concretar exitosamente el
trámite.
No obstante,
debemos aclarar que toda inscripción realizada mediante este sistema, tanto
para las/os aspirantes de primera vez como para las/os que realicen
rectificaciones tendrá carácter de Declaración Jurada y será constatada por los
organismos intervinientes, lo que no deslindará la responsabilidad de presentar
las debidas constancias en formato papel, una vez reintegradas las actividades
presenciales, mediante la organización de turnos o como dispongan las
respectivas dependencias. Es decir, que la presentación de la documentación
seguirá teniendo carácter obligatorio, solo se prorrogará hasta el momento
oportuno, otorgando un plazo no mayor a 30 días, una vez levantado el ASPO. En
caso de no realizar la presentación, la inscripción se tornará inválida. De
idéntico modo se procederá respecto de la documentación referida a las
rectificaciones, las que quedarán invalidadas por la falta de presentación. La
consignación de datos falsos dará lugar a la consecuente exclusión de listado y
las correspondientes acciones disciplinarias.
Las/los
aspirantes que encuentren inconvenientes para registrarse o, no puedan utilizar
el servicio “IID” (Inscripción Ingreso a la Docencia) por fallas en el mismo
podrán consultar el servicio de Mesa de Ayuda (infoayuda@abc.gob.ar) donde
obtendrán la guía necesaria para cumplir con el requisito de autogestionar su
usuario/contraseña.
PAUTAS PARA LA
INSCRIPCIÓN POR PRIMERA VEZ EN LISTADO OFICIAL
La inscripción
al Ingreso a la Docencia de aquellos/as docentes que se inscriban por primera
vez en el Listado Oficial se realizará de la siguiente manera:
Se deberán
registrar en la plataforma ABC, si aún no se encuentran registrados. Una vez
registrados, ingresarán a la solapa: “servicios.abc.gob.ar”- Servado y
se dirigirán al link que indica: inscripción en el Listado Oficial 2020-2021,
donde cumplimentarán la Declaración Jurada en línea.
Debemos aclarar
que aquellas/os docentes que tuvieren una inscripción en los listados 108 A
ampliatorio, 108 A in-fine realizada en el año 2019 y listado 108 A in-fine
2020 ( hasta 13 de marzo del corriente) , una vez que se registren, serán
direccionados al Ingreso Digital común para cualquiera otro/a aspirante, allí
deberán completar su solicitud manifestando su acuerdo o desacuerdo con los
datos consignados, y en este último caso, en forma posterior, deberán ingresar
siguiendo las indicaciones de las pautas para rectificar datos.
Consideraciones
para la carga de datos de la Declaración Jurada
La Declaración
Jurada, cumplimentada por el aspirante, generará un comprobante de inscripción,
y le permitirá visualizar su inscripción. Los documentos adjuntados, serán
remitidos a los Tribunales de Clasificación Descentralizados para su posterior
análisis y carga en el Sistema.
Pasos de la
Declaración Jurada digital
1.- DATOS
PERSONALES: Se considerarán los datos informados por el aspirante en Declaración
Jurada.
a) DOMICILIO: como domicilio
real será considerado el que figura consignado en el DNI
(adjuntado por
el aspirante), de acuerdo con lo establecido en el Art. 60º inc. d) del
Estatuto del Docente, Decretos Reglamentarios y Resolución Nº 784/03.
Adjuntar DNI
(frente y dorso) ESCANEADO, caso contrario no se le permitirá continuar con su
declaración jurada de inscripción.
2.- DISTRITOS
SOLICITADOS: Se deberán consignar como máximo tres (3) distritos, incluido o no, el
de residencia. Si el interesado no consignó ninguno, no podrá continuar con su
inscripción.
3.- NIVELES O
MODALIDADES SOLICITADAS: El docente será habilitado para el ingreso a la docencia en los niveles
y/o modalidades de acuerdo a los títulos que declare y se encuentren
habilitados conforme al Nomenclador.
4.-CARGO
TITULAR: Serán considerados los datos declarados por el interesado, teniendo
especial atención en aquellos casos en que se hubiera modificado su situación
de revista (acrecentamiento, titularización interina, renuncia, etc.). Cabe
aclarar que se debe adjuntar los cargos/módulos/horas titulares que posea en
cualquier servicio educativo.
Adjuntar
documentación probatoria ESCANEADA.
5.-ANTIGÜEDAD y
CALIFICACIÓN:
a) ANTIGÜEDAD
Se procederá a asignar toda la antigüedad (certificada por autoridad
escolar) que el aspirante declare hasta el ciclo lectivo 2019.
b) CALIFICACIÓN:
se consignarán las calificaciones certificadas (SET4, copia de
PDD, Nota)
correspondientes a los dos (2) últimos años en que haya sido calificado el
aspirante en el cargo, módulos y/u horas cátedra.
Adjuntar
documentación probatoria, ESCANEADA.
6.- TÍTULOS
HABILITANTES: Serán considerados todos los títulos que se encuentren en el
nomenclador
vigente.
Observaciones:
*Los títulos
habilitantes podrán ser consultados en el nomenclador vigente publicado en el
portal ABC.
Adjuntar
TÍTULO/S ESCANEADO/S, caso contrario no se le permitirá continuar con su
declaración jurada de inscripción.
En el caso de
que el aspirante no cuente con el título correspondiente, se admitirán las
constancias de los/as aspirantes egresados de los Institutos Superiores de
Formación Docente y/o Técnico y de las instituciones ajenas a la D.G.C.Y E.
(Institutos y Universidades), que solicitaron la vía de excepción y que hayan
obtenido el aval. Adjuntar Certificado/s ESCANEADO/S o FOTO.
7.- TÍTULOS Y
CURSOS BONIFICANTES: se detallará en el sistema la denominación del título/ cursos, el
organismo que lo expidió y número de Resolución de plan de estudios en caso de
que se consigne. El mismo debe coincidir con la documentación escaneada.
Observaciones:
*Los títulos
y/o cursos bonificantes podrán ser consultados en el nomenclador vigente
publicado en el portal ABC.
Adjuntar
TÍTULO/S Y CURSOS BONIFICANTES ESCANEADO.
8.- DECRETO
258: se procederá a cargar la información consignada por el aspirante.
INFORMACIÓN PARA
EL ASPIRANTE
Consideraciones
de Ingreso por autogestión por primera vez
El aspirante
podrá cumplimentar, a través de la plataforma ABC los datos requeridos en la
Declaración Jurada Digital, sin necesidad de concurrir a la Secretaría de
Asuntos Docentes.
Deberá
consignar los datos en la declaración jurada de inscripción, en inscripción
en el Listado Oficial
2020-2021
Una vez
finalizada la inscripción se podrá verificar la autogestión visitando el link
“Declaración Jurada Digital Oficial”.
IMPORTANTE: En
caso de ingresar en reiteradas oportunidades a efectos de agregar/rectificar
información,
será considerado como válido el último ingreso al sistema.
Todos los
archivos que se adjunten, deben tener el formato PDF, JPG, de otra forma
el sistema no lo procesará.
PAUTAS PARA LA
RECTIFICACIÓN DE DATOS EN LA INSCRIPCIÓN EN LISTADO
OFICIAL
La
rectificación de autogestión al Ingreso a la Docencia Listado Oficial se
realizará de la siguiente manera:
Se deberá
ingresar en la plataforma ABC, con su usuario, una vez en ella deberán ingresar
a la solapa “servicios.abc.gob.ar”- Servado y dirigirse al link que indica
Rectificación por Autogestión en el Listado Oficial 2020-2021,
cumplimentando la planilla allí detallada.
Consideraciones
para la carga de datos de la rectificación de autogestión
La rectificación
de autogestión será cumplimentada por el aspirante y generará un
comprobante de rectificación, asimismo los documentos adjuntados serán
remitidos desde el nivel central para su posterior análisis y carga en el
sistema por parte de los Tribunales de Clasificación Descentralizados.
IMPORTANTE:
Todos los archivos que se adjunten, deben tener el formato PDF, JPG, de
otra forma el sistema no lo procesará.
Pasos de la
planilla de rectificación de autogestión
1.- DATOS PERSONALES:
Si no aceptó en
su declaración jurada este punto, deberá adjuntar las probanzas.
Adjuntar DNI o
probanzas ESCANEADAS.
2.- CARGO
TITULAR:
Si no aceptó en
su declaración jurada este punto, deberá adjuntar las probanzas.
Adjuntar
documentación probatoria ESCANEADA
3.- ANTIGÜEDAD:
Si no aceptó en
su declaración jurada este punto, deberá adjuntar las probanzas.
Adjuntar
documentación probatoria ESCANEADA
4.-
CALIFICACIÓN
Si no aceptó en
su declaración jurada este punto, deberá adjuntar las probanzas
Adjuntar
documentación probatoria ESCANEADA
5.- TÍTULOS
HABILITANTES:
Si no aceptó en
su declaración jurada este punto, deberá adjuntar las probanzas.
Adjuntar
documentación probatoria ESCANEADA
6.- TÍTULOS Y
CURSOS BONIFICANTES:
Si no aceptó en
su declaración jurada este punto, deberá adjuntar las probanzas
Adjuntar
documentación probatoria ESCANEADA.
RECITIFICACIÓN CRONOGRAMA INSCRIPCIÓN INGRESO A LA DOCENCIA 2020 –
LISTADO OFICIAL 2021
Fechas 2020
S.A.D.
06/04 al
31/07/2020 Difusión y recepción de Declaraciones Juradas de nuevos aspirantes y
documentación
que requiera ser valorada (autogestión).
31/8 al 11/09
Exhibición de Listados
A partir de la
1º notificación de respuesta al reclamo Recepción de disconformidades y
remisión los Tribunales Descentralizados correspondientes.