SECRETARIA
DE ASUNTOS DOCENTES da a conocer Comunicado recibido, el mismo se refiere a la
Solicitud de Dispensas Laborales por COVID-19, proveniente de la Subsecretaría
de Administración y Recursos Humanos
COMUNICADO SOBRE SOLICITUD DE DISPENSAS LABORALES POR
COVID-19
Al inicio del
Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio se habilitaron los medios para la
solicitud de las diferentes dispensas que regirían durante el período de
pandemia. Las y los trabajadores de la Dirección General de Cultura y Educación
han solicitado en dicha fecha las dispensas y que fueron aprobadas, no deben
solicitar dispensa nuevamente ya que esa autorización dura por todo el tiempo
que estén vigentes las mismas.
NUEVAS SOLICITUDES DE DISPENSAS POR EMBARAZO O RAZONES
DE SALUD:
En caso de
agentes que con posterioridad a dicha fecha presentaran factores de riesgo para solicitar la dispensa a través de la
aplicación Mis Licencias deberán
ingresar para solicitar solamente
dispensas laborales por razones de salud en el marco de la Pandemia
decretada por la Organización Mundial de la Salud por el virus COVID-19 y según
lo estipulado como grupos de Riesgo por las resoluciones que se detallan a
continuación:
- Grupo de Riesgo Resol. 207-2020 Min. Trabajo de la
Nación
o Enfermedades
respiratorias crónica: enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema
congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma
moderado o severo. o Enfermedades cardíacas: Insuficiencia cardíaca, enfermedad
coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas.
o
Inmunodeficiencias.
o Diabéticos,
personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de
ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.
- Grupo de Riesgo (Embarazo) Resol. 207-2020 Min.
Trabajo de la Nación
o Trabajadoras
embarazadas
- Grupo de Riesgo Resol. 90-2020 Jefatura de Gabinete
Pcia. Bs. As.
o Todas las
personas inmunosuprimidas o Todos los pacientes en tratamiento oncológico.
o Obesidad
mórbida Insuficiencia.
Para solicitarla
deberán jusitificarla adjuntando documentación médica precisa; siempre y cuando
la afección no sea causal de licencia médica, en dicho caso deberán solicitar
la licencia correspondiente.
Es importante aclarar, que aquellos agentes que hayan
solicitado sus dispensas durante el mes de Marzo/2020 y hayan sido aprobadas,
siguen estando vigente por lo tanto no deberán solicitar nueva dispensa.
OTRAS DISPENSAS DE LA ACTIVIDAD PRESENCIAL:
Las dispensas
laborales correspondientes a:
a) mayores de 60 años,
b) residentes en
distritos en ASPO y
c) Trabajadores y
trabajadoras que presten servicios en un establecimiento educativo ubicado en
una localidad distinta a la de su residencia, en los casos que el transporte
interurbano utilizado habitualmente para trasladarse hacia la escuela se
encuentre interrumpido, siendo ese su medio habitual de transporte,
se tramitarán ante los equipos directivos adjuntando
la documentación que justifique dicha dispensa y la misma será informada
mediante la plataforma SUNA.
Las dispensas por
ser progenitor, progenitora o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable
para el cuidado del niño, niña o adolescente,
ya han sido autorizadas en al inicio del aislamiento social preventivo y
obligatorio.
Para el caso de
las trabajadoras que hasta marzo habían solicitado dispensas por encontrarse
embarazadas, y en el transcurso del ASPO han dado a luz, las mismas continuarán
con la dispensa por menor a cargo de oficio una vez finalizado el período
correspondiente a la licencia por maternidad. Igual criterio se aplica a
quienes usufructuaron licencias por adopción (se aplica la dispensa de oficio
al finalizar la licencia)
Para el caso de
circunstancias excepcionales y sobrevinientes con posterioridad al período de
solicitud podrán autorizarse con carácter de excepción por el Consejo Escolar
en el caso de auxiliares de la educación y por la Inspección Distrital en el
caso de los docentes, adjuntando la documentación respaldatoria que acredite
las circunstancias excepcionales que justifiquen que no hay ningún otro
cuidador para el menor durante el horario de trabajo. Una vez autorizadas serán
informadas mediante la plataforma SUNA.
SE RECUERDA QUE LAS DISPENSAS NO GENERAN SUPLENCIAS Y
SE MANTIENE LA OBLIGACION DE TRABAJO NO PRESENCIAL.